Roque y Sandoval Contadores Asociados

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Sunat regula disposiciones sobre reintegro tributario del IGV

Sunat regula disposiciones sobre reintegro tributario del IGV

Medida dispuesta por Ley que promueve la transformación productiva, competitiva y sostenible del sector agrario con protección social hacia la agricultura moderna.

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) reguló las disposiciones sobre el reintegro tributario del Impuesto General a las Ventas (IGV) dispuesto por la Ley N° 32434, Ley que promueve la transformación productiva, competitiva y sostenible del sector agrario con protección social hacia la agricultura moderna, y la información que el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (Midagri) debe remitir a la entidad recaudadora

Fue mediante la Resolución de Superintendencia N° 000119-2026/SUNAT con la cual se establece:

1) El formulario que los sujetos del beneficio deben utilizar para solicitar el reintegro tributario.

2) La forma, plazo y condiciones en que el sujeto del beneficio puede modificar el monto consignado en la solicitud de reintegro tributario.

3) La forma y condiciones en que el Midagri debe remitir a la Sunat la información a que se refiere el párrafo16.4 del artículo 16 del Reglamento de Ley que promueve la transformación productiva, competitiva y sostenible del sector agrario con protección social hacia la agricultura moderna, sobre las adquisiciones o importaciones materia del reintegro tributario.

De esta manera se busca brindar las disposiciones necesarias para que el sujeto del beneficio pueda solicitar el reintegro tributario y el Midagri remita a la Sunat la información señalada. Conozca la norma aquí

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